Empiece a prepararse para el Adeudo Directo SEPA
A partir del 1 de febrero de 2014, 32 países de la Unión Europea han acordado formar una Zona Única de Pagos en Euros (Single Euro Payments Area, SEPA) en la que cualquier empresa pueda cobrar a sus clientes en cualquiera de los 32 países (incluido el propio) a través de un único procedimiento de adeudo en cuenta.
Hasta ahora en España el cobro a cientes por adeudo en cuenta (o recibo domiciliado) se está haciendo a través del procedimiento bancario conocido como Norma 19 o Cuaderno 19 ("presentación al cobro de recibos domiciliados"), o también a través del Cuaderno 58 ("anticipo del cobro de recibos domiciliados"). A partir del 1 de febrero de 2014 estos dos procedimientos convergerán en el procedimiento de ADEUDO SEPA.
Le sugerimos que hable con sus bancos para empezar a prepararse para el nuevo proceso, y no dejarlo para el último momento.
Podemos adelantar algunos de sus trazos básicos, aunque seguiremos hablando de este tema en los próximos meses:
- Se aplicará tanto en el cobro domiciliado a consumidores (B2C) como empresas (B2B)
- Requerirá, como ahora, una autorización por escrito por parte del deudor, indicando su código de cuenta bancaria
- Requerirá que la empresa acreedora que quiera usar este medio de cobro pida a su banco una línea de cobros SEPA
- La empresa pasará a su banco un fichero de cobros "Adeudos Directos SEPA" con un formato específico que ya se conocerá
En definitiva, un cambio para mejor, que supone un paso más en la dirección de convertir la Unión Europea en un territorio común para el mundo de los negocios.